El órgano supremo de poder es la Asamblea Nacional del Poder Popular, con potestad constituyente y legislativa, la que es elegida por el voto libre, directo y secreto de los electores. Sesiona en dos períodos ordinarios, y extraordinarios cuando lo solicite más de la mitad del número total de los diputados.
La Asamblea Nacional del Poder Popular nombra al Consejo de Estado, que es el órgano que la representa entre una y otra sesión, tiene carácter colegiado y, a los fines nacionales e internacionales ostenta la suprema representación del Estado. El Presidente del Consejo de Estado es el Presidente de la República de Cuba.
La función ejecutiva del Estado se ejerce a través del Consejo de Ministros, que es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República de Cuba. Sus miembros son nombrados por la Asamblea Nacional a propuesta del Consejo de Estado.
Al Tribunal Supremo Popular y los demás tribunales corresponde ejercer la función judicial. Los tribunales constituyen un sistema de órganos estatales, estructurados con independencia funcional de cualquier otro y subordinado jerárquicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado.